Defensoría desempeñará sus funciones con independencia, autonomía e imparcialidad y no estará sometido a mandato imperativo de ningún órgano de la universidad. Con ocasión de la tramitación de las quejas, D.U. analiza el funcionamiento de los órganos y servicios universitarios, velando por los derechos de la comunidad universitaria, y formulando sugerencias de mejora si percibe aspectos que puedan requerirlo.
Desde defensoría Universitaria se pueden reclamar informes, realizar entrevistas, consultar expedientes, y en definitiva, desplegar todas las técnicas que estime conveniente para averiguar lo ocurrido y pronunciarse en el asunto. Todas las personas de la comunidad universitaria están obligadas a auxiliarle, con carácter preferente, cuando se les pida su colaboración.
Admitida la queja a trámite, defensoría promoverá la investigación, comunicando de manera inmediata al órgano o persona cuya actuación motiva la queja para que en un plazo máximo de 15 días hábiles se emitan los informes y alegaciones oportunos, dando conocimiento a todas aquellas personas que puedan verse afectadas por su contenido.
La tramitación del expediente es absolutamente confidencial, de tal modo que durante la tramitación del expediente queda reservada la identidad de la persona que presentó la queja. Y esto es así porque se pretende salvaguardar el interés de quienes invocan la protección de defensoría universitaria para lograr el pleno disfrute de sus derechos junto a su deseo de no divulgar su identidad.