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Contratos art. 60

E

l personal docente e investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) puede realizar trabajos de carácter científico, técnico o artístico para empresas, instituciones u otras entidades externas.

Estos trabajos se regulan de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que establece los criterios para la realización, gestión y protección de este tipo de actividades. 

La OTC acompaña al investigador en todas las fases del contrato, desde la negociación hasta la firma y la gestión posterior, garantizando el cumplimiento de la normativa y la protección de la propiedad intelectual y la autoría. La realización de estos trabajos debe ser compatible con las obligaciones docentes e investigadoras del personal universitario.

 

Tipo de trabajo Qué incluye

Contratos científicos y de investigación

Proyectos de investigación aplicada, estudios científicos, desarrollos tecnológicos

Contratos de carácter artístico

Creación, producción o asesoramiento artístico; obras o intervenciones creativas

Contratos de formación

Actividades docentes o formativas solicitadas por empresas, instituciones u otras entidades externas. Incluyen cursos, talleres, seminarios y programas de perfeccionamiento profesional.

 Actividades de apoyo tecnológico y servicios  Estatutos o dictámenes científicos y tecnológicos, asesoría técnica, proyectos técnicos y peritajes, contratos de asistencia o servicios, formación o perfeccionamiento, análisis técnicos, económicos y jurídicos.

 

— Aquellos contratos de TC acogidos al articulo 60 de la LOSU que no sean de contenido complejo, que no contengan ningún resultado susceptible de ser protegido y cuya cuantía económica total, IVA excluido, sea igual o inferior a 15.000 euros, podrán tramitarse a través de un modelo de contrato simplificado.